La tradición cinegética en La Albufera de Valencia se remonta al período de la ocupación árabe. La exuberante vegetación y abundante caza, convertían este lugar en algo excepcional; razón por la que el rey Don Jaime I se reservó su propiedad tras conquistar el Reino de Valencia, dictando una serie de privilegios y ordenanzas que garantizasen el buen uso y conservación del lago y la Devesa.
Al pasar La Albufera y su Devesa a ser propiedad estatal en el año 1865, se continuó arrendando la caza en el lago, correspondiendo al concesionario la regulación y organización de las tiradas y subasta de puestos. Las tiradas organizadas en el lago se efectuaron hasta finales de los años 1970, cuando el Ayuntamiento de Valencia decide suprimirlas y dejar, únicamente, las tiradas populares de San Martín y Santa Catalina en las que se dejaba cazar a todos. Estas tiradas causaban un notable impacto sobre la fauna del lago, no tanto por el número de piezas abatidas (fundamentalmente fochas, por ser un ave de vuelo corto) como por el número de especies protegidas (garzas, cormoranes, etc.) que eran víctimas de las escopetas. En el año 1987, finalmente, se decide suprimir la caza en el lago.
La práctica cinegética fuera de los límites del lago es relativamente reciente, teniendo como precedente la tirada anual de fochas que se celebraba en la Bassa de Sant Llorenç de Cullera desde 1830. El éxito obtenido por esta tirada organizada hizo que los vecinos de Sueca imitaran el sistema y, para ello, en el año 1850 crearon el primer "vedado" inundando las partidas de Calderería y Bassals, realizando dos tiradas que fueron progresivamente aumentando en número y popularidad. El acontecimiento se extendió a Cullera que hizo lo propio inundando las partidas de Balsa Rasa y Rabasals en 1852. Los ayuntamientos, a la vista del éxito obtenido, se vieron obligados en 1888 a resolver mediante subasta la adjudicación de las replazas y a ampliar la superficie de los vedados. La regulación de la caza en cada vedado corresponde a la Junta de Tiradas.
En la actualidad, se practica la caza en régimen de "vedados" en Sueca, Cullera y Silla, realizando ocho tiradas cada temporada en sábado, entre finales de noviembre y mediados de enero. Las subastas se realizan el día 12 de octubre en Cullera y en los dos domingos siguientes en Sueca y Silla, por este orden. Finalizada la subasta, se da un plazo de tres días para que se coloquen los barriles o "bocois" en las replazas y, a continuación, se establece la guardería y se cierra el acceso al vedado, incluso a los propietarios de los campos. De este modo, las aves no son molestadas.
El vedado de Sollana, merece una mención aparte ya que su importancia era mayor que el de Silla; sin embargo, ya no se realizan tiradas en él. Las especies más cobradas, tanto en Sueca como en Cullera, son el ánade rabudo y el pato colorado; en Silla, en cambio, la focha es la especie mayoritaria. Tradicionalmente, al finalizar las tiradas en los vedados, se realizaban las "càbiles", en las que se cazaba durante ocho o diez días consecutivos y podía participar cualquier miembro de las sociedades de cazadores en su respectivo coto. El origen de esta práctica se halla en que, al subastar los puestos, los cazadores locales de modestos recursos económicos perdían la oportunidad de cazar durante casi toda la temporada, por lo que al finalizar la última tirada ocupaban los vedados durante varios días seguidos.
Cabe señalar en cuanto a la estructura cinegética del Parque, que la superficie de arrozal ocupada por cotos se eleva a 18.234 hectáreas, de las que 4.201 corresponden a los vedados. El número de cazadores en la zona supera las 6.500 escopetas. Esta elevada densidad de cazadores y lo escaso de la caza en estos terrenos, provoca que se maten ejemplares de especies protegidas con relativa frecuencia.
Como se puede ver en la figura siguiente, existen un total de 15 cotos (distribuidos según indica la figura), siendo el resto del territorio de carácter libre a efectos cinegéticos:
Fuente: Consellería de Medio Ambiente Valencia, Unidad de Caza y Pesca
Por último cabe mencionar la normativa de caza existente actualmente en el Parque. El ejercicio de la misma se halla enmarcado en lo dispuesto en la Ley y Reglamento de Caza, aprobados en abril y marzo de 1971, respectivamente. Dentro de la normativa que éstos desarrollan, cabe destacar la Orden General de Vedas, dictada anualmente por la Consellería de Medio Ambiente y que fija las limitaciones y épocas hábiles para cada temporada. La Orden correspondiente a la temporada 2002-2003 para el ámbito del Parque Natural de L’Albufera fue publicada en el D.O.G.V. Núm. 4.336 el 30 de julio de 2002. En ella se contemplan una serie de limitaciones acerca del periodo hábil, horarios, especies y zonas dispuestas para la caza.